Institución Educativa Departamental Rural Etnoeducativa San Juan de Palos Prieto
  Manual de Convivencia
 

MANUAL DE CONVIVENCIA

 

INTRODUCCIÓN

 

 

El Manual de Convivencia es la carta de navegación que permite estructurar el proceso normativo de nuestra Institución Educativa, a través del cual se establecerán los derechos, deberes y funciones de todos los estamentos que conforman la comunidad educativa.

Este manual debe permitir la formación integral acorde con los fundamentos, principios, fines de la institución, teniendo en cuenta la formación de valores para el mejoramiento de la calidad educativa tales como; el respeto, responsabilidad y tolerancia

 

Todos estos valores deben lograr el desarrollo, la capacidad de liderazgo utilizando medios y procedimientos que conlleven a la solución de problemas  y mejor forma de convivencia dentro y fuera de la institución

 

 

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

 

Ø  Orientar proceso que le permitan la motivación continua y permanente de la relación del quehacer académico

Ø  Facilitar el desarrollo de la formación integrar de los miembros de la comunidad educativa en forma equilibrada, coherente, que le permita actuar con eficacia

Ø  Brindar el espacio adecuado para el desarrollo de los valores antes mencionados

Ø  Fomentar la vocación por el del servicio a la comunidad con el fin de participar en el desarrollo y crecimiento.

Ø  Crear un ambiente escolar propio para el desarrollo personal, ético y social del educando, desarrollando valores de convivencia, participación, solidaridad, tolerancia y conservación del medio ambiente.

Ø  Fomentar la cultura ecológica y la utilización creativa del tiempo libre.

Ø  Preservar la armonía, previniendo aquellas conductas contrarias a la vida de la institución, permitiendo la estabilidad y normalidad institucional.

Ø  Concienciar a los estudiantes en el aprovechamiento de los recursos que le brinda la institución, respeto por los derechos humanos  los principios democráticos.

Ø  Despertar el amor y la responsabilidad en el cumplimiento de sus funciones en calidad del alumno.

Ø  Establecer compromisos entre padres o acudientes, alumnos e institución en el mejoramiento de la calidad de educación.

 

JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

 

Es deber de la Institución Educativa Departamental Rural Etnoeducativa San Juan de Palos Prieto establecer normas claras y precisas sobre las funciones básicas que deben desempeñar los actores del quehacer educativo, con el fin de procurar el mutuo entendimiento, las relaciones armónicas y el bienestar general.

 

En nuestra Institución, cuya filosofía fundamentada en principios éticos y humanísticos, los cuales propenden a la formación integral del ser humano y la conservación de los valores étnicos afrocolombianos.  Las normas contempladas en el Manual de Convivencia están acordes con los principios y fundamentos establecidos en el P.E.I.

 

El Manual de Convivencia, es un documento importante en la comunidad educativa institucional basado en la Ley 115 y el decreto 1860 de 1994. Esta la tomará la  comunidad educativa con el objetivo primordial de crear y fortalecer un ambiente propicio para el desarrollo de la personalidad y la convivencia

 

Es deber de la dirección y directivos docentes establecer normas claras y precisas sobre las funciones básicas; deberes, derechos y sanciones de toda la comunidad educativa, con el fin de procurar el rendimiento mutuo y el bienestar del alumno

 

La asignación de deberes y derecho mantendrán el desarrollo armónico de  las actividades a realizar dentro de la institución

 

REFERENTE LEGAL

 

Las normas del presente Manual de Convivencia están acordes con lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia de 1991, Ley 115, Decreto reglamentario 1860 de 1994, Decreto 230 de 2002, Código del Menor, Sentencia Corte Constitucional y las políticas educativas de la institución, de los cuales consideran los siguientes artículos y disposiciones:

 

Art. 13 de la Constitución Política de Colombia, que establece “la igualdad ante la ley” por tanto este manual debe convertirse en un instrumento que garantice la convivencia de todos los medios de la comunidad educativa, sin ningún tipo de discriminación.

 

Art. 87 de la Ley 115, que dice: “Los establecimientos educativos, tendrán un reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes, los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente, en representación de sus hijos estarán aceptando el mismo.”

 

Art. 68 de la Constitución Política de Colombia. “Los padres de familia tendrán derecho a escoger el tipo de educación para los sus hijos menores” por lo tanto los padres acogerán los reglamentos y exigencias de la Institución.

 

 

CAPÍTULO I.

EL SISTEMA DE MATRICULA

(Ley 115 de 1994)

 

Matricula: Es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una solo vez, al ingresar un alumno a un establecimiento educativo, pudiendo establecer renovaciones para cada periodo académico

 

La institución educativa establece el servicio de matricula de la siguiente manera:

 

Al ingresar el alumno a la institución educativa, debe presentar los siguientes documentos:

Registro Civil de Nacimiento

Fotocopia del Documento de Identidad

Fotocopia de carnet de Salud del Sisben

Certificado de vacunas

2 Fotos 3 x 4, recientes y de frente.

Certificado de escolaridad anterior del niño

Un fólder

Colaboración para papelería (Primaria: $2.000  Básica Secundaria y Media: $10.000).

 

La Institución Educativa San Juan de Palos Prieto, con fin de lograr una armonía con los padres de familia, estableció un sistema de matricula, en el cual se indica el valor anteriormente indicado de la colaboración correspondiente.

 

Los estudiantes que no hayan cursado los ciclos de educación básica secundaria y media vocacional en el plantel, para poder graduarse deberán renovar sus certificados de estudio  legalizarlos debidamente, teniendo en cuenta el cambio de documento de identidad por el cumplimiento de mayoría de edad si lo fuese.

 

De igual forma se estipula, los valores correspondientes a sistematización de los boletines y carnetización, todo lo anterior se estipuló teniendo en cuenta lo exigido por pacto social.

 

CARNET...... .................................................................    $ 2.000.oo

BOLETINES

Primaria ........................................................................$   500.oo

Secundaria y Media .......................................................$ 1.000.oo

 

 

CAPÍTULO II

NIVELES Y MODALIDADES

 

La Institución Educativa Departamental Rural Etnoeducativa San Juan de Palos Prieto, doble jornada, mañana (Básica Primaria) y tarde (Básica Secundaria y Media vocacional – Técnico Agropecuario).

 

La Educación Media prepara a los estudiantes para el desempeño laboral en el sector productivo y para la continuación en la Educación Superior.  Los estudiantes que hayan cursado y aprobado el ciclo de educación media vocacional, recibirán el título de: Bachiller Técnico Agropecuario.

 

El estudiante se promueve al grado o al diploma de Bachiller Técnico cuando apruebe todas las áreas de formación comunes y propias.

 

 

CAPÍTULO III

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

 

Teniendo en cuenta que el perfil del estudiante está encaminando a la investigación, la creatividad, el respeto, la tolerancia con una personalidad definida y considerando que la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales, convencidos que la familia como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos los miembros y en particular de los niños, debe recibir la protección y la asistencia necesaria para poder asumir plenamente su responsabilidad dentro de la comunidad, la institución educativa resuelve promulgar los siguientes derechos de los estudiantes:

 

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

 

Ø  Ser recibido con todas sus características individuales (sociales, económicas, políticas, culturales, religiosas, etc.).

Ø  Recibir buen trato por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.

Ø  Tener libertad de expresión para opinar y exponer sus ideas, siempre y cuando no atenten contra el buen funcionamiento de la comunidad educativa

Ø  Ser el centro de una verdadera formación integral, tanto por lo moral, social y cultural

Ø  Recibir la máxima orientación por parte de los docentes en las distintas áreas a desarrollarse académicamente.

Ø  Conocer con anterioridad los objetivos generales, específicos y contenidos de cada asignatura, así como los indicadores de logros para la evaluación del aprendizaje. 

Ø  Ser escuchado antes de ser sancionado.

Ø  Participar activamente en el proceso enseñanza – aprendizaje y demás programaciones culturales, sociales, religiosas y deportivas de la institución.

Ø  Formar organizaciones juveniles en pro del mejoramiento de la calidad de educación y de un ambiente social sano.

Ø  Conocer sus calificaciones antes de ser registradas en las planillas respectivas.

Ø  Solicitar al profesor la revisión de la evaluación si es necesario.  Si es negada la petición, acudir al personero para que sirva de mediador.

Ø  Conocer las anotaciones que sobre su comportamiento hagan las autoridades escolares, los cuales deben ser conocidos por los padres de familia o acudientes.

Ø  Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, que se hagan a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad; el respeto por la institución y las personas vinculadas a ésta.

Ø  De obtener permiso por escrito para ausentarse del plantel por causas justificadas.

Ø  Elegir y ser elegido para el Gobierno Escolar.

Ø  Conocer sus derechos y deberes

Ø  Todo menor tiene derecho al descanso, al esparcimiento, al juego, al deporte y participar en la vida de la cultura y de las demás artes. (Código del menor Art. 13 Cap. 2)

Ø  Presentar certificado médico en término de 48 horas siguientes, de su inasistencia, o presentarse personalmente el padre de familia o acudiente para dar la respectiva excusa.

Ø  Exigir el cumplimiento de los deberes de los docentes y educativos con sus funciones y el manual de convivencia.

Ø  A no ser acosado sexualmente por ningún miembro de la comunidad educativa.

Ø  A reclamar el incumplimiento del presente manual de convivencia, siguiendo el conducto regular ante la respectiva.

PARÁGRAFO

En caso de embarazo durante el desarrollo del año lectivo, la alumna tendrá derecho a culminar las actividades académicas del respectivo año.  Las actividades dejadas de realizar durante su convalecencia serán ejecutadas a su reintegro al colegio, con previa presentación al Director de grupo y acuerdos entre ella y los profesores de cada área, de cómo y cuando se van a ejecutar dichas actividades.

 

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

 

Ø  Conocer y acatar el Manual de Convivencia, para poder vivir en armonía escolar. Así mismo cumplir con las normas de comportamiento en la sala de informática y de la biblioteca.

Ø  Asistir a todas las clases y participar en todos los actos cívicos, culturales y deportivos que organice la institución.

 

PARAGRAFO: Alumno que se haya ausentado de las actividades académicas en un 25% del calendario o más, automáticamente pierde el año escolar sin importar la condición académica.

 

Ø  Presentar justificaciones por retrasos, calamidad familiar o personal, inasistencias, firmadas por el padre o acudiente o respaldada por un certificado médico en caso de diligencia de salud.

Ø  Presentarse a la institución y permanecer en la misma debidamente aseado (a) y decentemente uniformado (a).

El uniforme de los alumnos varones consta de pantalón azul grisáceo, suéter blanco con cuello azul cielo y escudo, zapatos negros, medias blancas.  El uniforme de las niñas consta de blusa blanca con corbata azul grisáceo, falda a cuadros azul grisáceo y blanco, medias blancas, zapatos negros.  El uniforme de educación física de niños y niñas consta de suéter rojo con cuello azul turquí, con franja roja en los laterales, medias blancas, zapatos blancos.

Ø  Usar un vocabulario correcto y evitar palabras soeces respetando a todas la personas de la comunidad educativa.

Ø  No usar gorras, gafas, aretes (por parte de los niños), ni portar celulares, Ipoods, material pornográfico en el salón de clases, formaciones, actos cívicos, Biblioteca, Sala de Informática.

Nota: Las gafas podrán ser utilizadas si el estudiante presenta una prescripción médica.  Los celulares solo serán permitidos si una actividad escolar lo amerita.

Si un estudiante incumple con la norma anterior le será decomisado el elemento que se le encuentre.

Ø  Poner todo el esfuerzo y empeño en alcanzar los logros propuestos en cada una de las asignaturas del grado que esté cursando y mantener un rendimiento que responda a las exigencias académicas y disciplinarias de la institución.

Ø  Cumplir con el horario de clases estipulado:

Preescolar de 08:00 AM a 11:30 AM

Jornada de la Mañana 07:30 AM a 12:00 PM

Jornada de la tarde 12:45 PM a 05:45 PM

La hora de llegada de los alumnos a la Institución es a las 12:30 p.m..  Los alumnos que viven en las veredas u otra parte fuera del corregimiento tienen plazo de llegar hasta la 1:00 p.m..  Los estudiantes que trabajan el plazo de su hora de entrada es hasta la 1:00 p.m., siempre y cuando presenten una certificación laboral.

Ø  Mantener con los compañeros relaciones cordiales, de ayuda y solidaridad que busquen el bien común y propicien lazos de amistad.

Ø  Cuidar sus respectivas pertenencias, los libros utilizados en la biblioteca, los computadores. Abstenerse de traer objetos de valor y colaborar con el cuidado de los bienes ajenos.

Ø  Cuidar y preservar todos los enseres de la institución, cuidar la planta física y mantenerla limpia y aseada (no rayar paredes ni pupitres).

Ø  Conservar las plantas y árboles que contribuyen a embellecer el ambiente.

Ø  No ingerir bebidas alcohólica, ni sustancias alucinógenas, ni otras que atenten contra su salud, dentro de la institución ni en ninguna actividad programada por el ente educativo.

Ø  Comportarse dentro y fuera de la institución, de acuerdo con la moral y los buenos modales.

Ø  No ingresar armas de fuego, armas blancas, cortopunzantes, o de cualquier tipo a la institución educativa.

Ø  Guardar silencio y absoluto respeto cuando esté haciendo uso de los servicios de la biblioteca.

Ø  Atender y acatar las justas indicaciones, amonestaciones y sugerencias emanadas de los Docentes, Directivos, Personal Administrativo y Servicios Generales.

Ø  Permanecer en las instalaciones de la institución en el horario hábil de clases.

Ø  Darle uso adecuado a los uniformes del colegio de la institución y usar el uniforme completo, debidamente aseado.

Ø  Avisar a sus superiores cuando tenga conocimiento de alguna anomalía dentro del plantel. 

Ø  Participar en las elecciones del personero de los estudiantes.

Ø  Participar en el Consejo Estudiantil.

Ø  Actuar con honradez y responsabilidad.

Ø  No ingresar a establecimientos públicos o privados donde se expendan bebidas embriagantes o se realicen juegos de azar con el uniforme de la institución.

 

 

CAPITULO IV

DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES

 

El Docente es el orientador en los establecimientos educativos, de un proceso de formación, de enseñanza – aprendizaje de los educandos, acorde con as expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad

 

DEBERES DE LOS DOCENTES

 

Ø  Fortalecer la investigación y llevarla a feliz término en el proceso pedagógico.

Ø  Mantener buenas relaciones interpersonales con la comunidad educativa.

Ø  Ser ejemplos para sus alumnos en todas las circunstancias.

Ø  Entregar a la secretaría los programas de área dentro de la fecha estipulada.

Ø  Colaborar en actividades que conlleven al progreso de la institución.

Ø  Hacer conocer a los alumnos las calificaciones de cada periodo antes de entregarlas a coordinación o secretaría, para que puedan ejercer su derecho al reclamo cuando sea el caso.

Ø  Dar un trato justo y equitativo a los alumnos sin evidentes preferencias.

Ø  Utilizar los materiales y recursos didácticos que la institución brinda para el desarrollo de los procesos y velar por sus cuidados.

Ø  Presentar en las fechas estipuladas los registros de los alumnos, como: libreta de calificaciones, parcelador, observador del alumno, control de asistencia, etc.

Ø  Permanecer en la institución durante la jornada de trabajo y en caso de ausencia justificada programar el trabajo de los estudiantes para evitar indisciplina y pérdida de tiempo.

Ø  Portar diariamente en la Institución los libros reglamentarios de su quehacer diario.

 

DERECHOS DE LOS DOCENTES

 

Ø  Recibir capacitación y actualización profesional.

Ø  No ser discriminado por razón de sus creencias filosóficas, políticas o religiosas.

Ø  Tener un trato digno por parte de la Comunidad Educativa.

Ø  Obtener un salario justo y el pago puntual del mismo.

Ø  Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.

Ø  Autonomía para el desarrollo y ejecución del respectivo plan curricular, de acuerdo al plan de convivencia.

Ø  Tomar las decisiones que conlleven al buen desarrollo de las actividades académicas dentro del salón, basado en las normas establecidas.

Ø  Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado, sin el debido proceso.

Ø  A la defensa ante el consejo directivo de la institución

Ø  Conocer con anticipación el calendario académico y el cronograma de actividades.

Ø  Recibir oportunamente la información de correspondencia y de toda la información procedente de la Secretaría de Educación y demás entes gubernamentales.

Ø  Elegir y ser elegido en los órganos del gobierno escolar de acuerdo a la ley general de educación y su decreto reglamentario 1860 de 1994.

Ø  Presentar peticiones respetuosas a los directivos de la institución para mejorar el funcionamiento, para alcanzar los objetivos propuestos por el plantel.

Ø  Contar con un espacio adecuado y dotado de los implementos necesarios para desarrollar sus actividades.

Ø  Ser incentivado y motivado por su desempeño laboral y profesional dentro de la institución.

 

 

CAPITULO V

ESTÍMULOS DE LOS DOCENTES

 

Cada año, durante las festividades de la institución, ser hará un reconocimiento por escrito a los docentes que hayan sobresalido en actividades programadas por el plantel y otros campos del saber.

 

Los demás estímulos consagrados en la Ley General de Educación y en el Estatuto Docente; y además se le facilitará al docente un horario acorde con las necesidades de su estudio.

 

CAPITULO VI

 

DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA, ACUDIENTES O TUTORES

 

La Familia es el núcleo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de  todos sus miembros y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad.  Son padres de familia, tutores o acudientes aquellas personas que firmaron la matrícula en representación de su hijo o acudiente.

 

 

 

 

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Ø  Recibir información sobre el comportamiento académico y disciplinario de sus hijos y los cambios que se presenten dentro del plantel en forma oportuna, por parte de los profesores, director de grupo, coordinadores, rector y psicoorientador.

Ø  Participar en las asociaciones y en los consejos que se constituyen y para un mejor funcionamiento de la Institución.

Ø  Recibir orientación actualizada sobre el sistema de evaluación y promoción.

Ø  Si así lo desea, escoger para sus hijos o acudidos menores, educación religiosa, de acuerdo con sus creencias (artículo 68 Constitución Nacional).

Ø  Elegir y ser elegido para los cargos de representación en la institución, Consejos, Comités, Asociación de Padres de Familia, etc.

Ø  Participar en los programas de participación, bienestar social y gozar de los estímulos que se establezcan.

Ø  Ser atendidos por los distintos organismos de la institución en los horarios establecidos.

Ø  Promover iniciativas y sugerencias que contribuyan al mejoramiento del plantel.

Ø  Conocer el Manual de Convivencia de la institución y estudiarlo con sus hijos o acudidos.

Ø  Conformar la escuela para padres.

Ø  Ejercer vigilancia permanente sobre los actores que atenten contra la integridad moral de la comunidad educativa.

 

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Ø  Asumir su responsabilidad como educador primario de sus hijos.

Ø  Colaborar solidariamente con la institución para beneficio de la formación de sus hijos

Ø  Solicitar información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos dentro de la institución educativa, en forma personal.

Ø  Proporcionar a los educandos un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar y no recargarlo de trabajo que le impida al cumplimiento de sus labores escolares

Ø  Adoptar una actitud respetuosa ante las diligencia de reclamos y observaciones al personal docente de la institución.

Ø  Asistir puntualmente a las reuniones programadas por el plantel o cuando se requiera de su presencia.

Ø  Participar y velar en la ejecución, evaluación y control del PEI de la institución San Juan de Palos Prieto.

Ø  Proporcionar los medios para que el alumno cumpla con todos los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, tales como: certificados de estudio, registro civil exámenes médicos  de laboratorios, útiles escolares y otros.

Ø  Acatar junto con el educando las disposiciones plasmadas en el manual de convivencia.

Ø  Colaborar con las actividades académicas, culturales o sociales donde se amerita su presencia.

Ø  Colaborar con la institución desde el hogar para el buen desempeño de los alumnos en todo sentido.

Ø  Cancelar los costos educativos que ordena la Ley y otros que fije el Consejo Directivo.

Ø  Informar a las directivas de la Institución los inconvenientes que presenten los estudiantes y que impidan el buen desarrollo de sus actividades académicas, de forma justificada, para que se tomen las estrategias requeridas en cada caso (quebrantos de salud, traslados, embarazos, desplazamiento, calamidad doméstica, etc.).

Ø  Comprometerse al mejoramiento de la conducta académica y disciplinario de su(s) acudido(s), al primer llamado.

Ø  Responder por los daños que ocasionen los hijos o sus acudidos en las personas, edificaciones y enseres del colegio.  De lo contrario se tomarán las medidas respectivas acordes a las normas establecidas en la Ley y el Manual de Convivencia.

Ø  Matricular a los hijos y/o acudidos en la fechas estipuladas por la institución.

Ø  El padre de familia o acudiente debe tratar con respeto, sin vulgaridades, sin amenazas a cualquier directivo, docente u otro integrante de la comunidad educativa.

 

 

 

CAPITULO VII

FUNCIONES DEL DIRECTOR DOCENTE

(Director Rural Ley 115/94 Art. 132)

 

 

DEBERES

 

Ø  Es deber de la Directora Rural establecer normas claras y precisas sobre las funciones básicas, derechos, deberes y sanciones de toda la comunidad educativa, con el fin de procurar el rendimiento mutuo, las relaciones armónicas y el bienestar del alumno en su interacción con los demás estamentos institucionales

Ø  Ejercer la administración de la institución, a través de sus políticas y actuaciones concretas, su gestión en materia presupuestal, financiera, logística, académica y personal.

Ø  Representar legalmente el plantel.

Ø  Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.

Ø  Presidir las reuniones de los Consejos Directivos y Académico y participar en las demás que guarden relación con la institución.

Ø  Establecer canales y mecanismos de comunicación con la comunidad educativa.

Ø  Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas del plantel.

Ø  Ordenar los gastos del plantel, cuando estos sean ordenados por el Consejo Directivo.

Ø  Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de la institución y enviar el informe a la entidad administrativa correspondiente.

Ø  Asignar en ausencia temporal las funciones de Rector a los Coordinadores o en su defecto a un docente, de acuerdo con las normas vigentes.

 

 

CAPÍTULO VIII

REGLAS DE HIGIENE PERSONAL, SALUD PÚBLICA Y PRESENTACIÓN PERSONAL

 

Los integrantes de la comunidad educativa de la institución, deberán observar las reglas de higiene personal, salud pública y presentación personal que a continuación señalamos:

 

Lavarse las manos antes de comer y después de utilizar los servicios sanitarios

Bañarse diariamente, utilizando jabones y demás productos de aseo y belleza personal

Mantener las uñas , ropa y calzados limpios

Cepillarse los dientes con dentífricos

Hervir el agua y la leche antes de consumirlas

Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitud, tales como:

Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados

Evitar el contacto con otras personas cuando se padece de enfermedades infectocontagiosa

Aplicar las vacunas y medicamentos que requieran para prevenir enfermedades o restablecer la salud.


SISTEMA DE SANCIONES A LOS ACTOS DE INDISCIPLINA COMETIDOS

POR LOS ESTUDIANTES

 

MANIFESTACIONES DE INDISCIPLINA

Definición: Se considera indisciplina toda acción en contra de las normas y reglamentos consignados en el presente manual.

 

PROCEDIMIENTOS DE SANCIONES

Los pasos a seguir con el fin de corregir manifestaciones de indisciplina en los estudiantes de la I.E.D. San Juan de Palos Prietos son los siguientes:

 

A.  Llamado de Atención Verbal: consiste en recordar al estudiante que está cometiendo una falta contemplada en el presente manual; las faltas que ameritan un llamado de atención verbal son las siguientes:

 

-          Llegar retrasado a la hornada de estudios establecida por el colegio.

 

-          Ausentarse de clases o cualquier acto público sin el debido permiso.

 

-          Portar el uniforme en forma inadecuada, o portar elementos, accesorios o atuendos no correspondientes al mismo, como por ejemplo: gorras, gafas, bufandas, aretes en los varones, etc.  Se exceptúan los casos donde exista prescripción médica y en tal caso debe notificarse a la Rectoría y guardar armonía con el uniforme.

 

-          Realizar actividades diferentes a las que correspondan durante las clases, actos cívicos, culturales y/o religiosos.

 

-          Hacer caso omiso o poco respetuoso de las instrucciones y/u ordenes señaladas por un cualquier miembro de la comunidad educativa con perfil de autoridad, sea este docente, padre de familia, u miembro del personal administrativo y/o de servicios generales.

 

PARAGRAFO: Después de dos llamados de atención verbal, se procederá a realizar un acta de compromiso.

 

B. Acta de Compromiso: Es un documento mediante el cual el estudiante se compromete a cambiar de actitud y comportamiento, firmado por el mismo y en algunos casos se requerirá también la firma de su acudiente, este mecanismo se utilizará después de dos llamados de atención verbal por las causas mencionadas para esa sanción, sin embargo, dicho compromiso se hará directamente cuando se cometan una de las siguientes faltas:

 

-          Introducir al colegio láminas o literatura pornográfica o publicaciones ajenas a las actividades académicas.

 

-          Hacer campañas políticas o ideológicas dentro de la institución y contrarias a su filosofía.

 

-          Realizar en el colegio cualquier tipo de compra y venta, transacciones comerciales, rifas y/o colectas sin la respectiva autorización de la Dirección.

 

-          Traer al colegio juegos electrónicos, radios y/o grabadores, celulares o cualquier otro tipo de elementos ajenos a las actividades académicas pertinentes. La institución no se responsabilizará por la perdida, daño o extravío de dichos artículos y su decomiso solo será levantado con la presencia del padre de familia o acudiente para que se responsabilice de que este tipo de faltas no se vuelva a repetir.

 

 

C.  Suspensión:  consiste en el cese de actividades académicas hasta por un período de tres (3) días hábiles con las consecuencias a que se hace acreedor, esta medida se aplica cuando el estudiante incumple el compromiso estricto o cuando comete una de las siguientes faltas:

 

-          Irrespeto a la patria, región o a la institución o sus símbolos.

 

-          La calumnia, la injuria o el irrespeto a los miembros de la comunidad educativa.

 

-          Agredir verbal y/o físicamente estudiantes, docentes, personal de apoyo, personal administrativo, directora, etc. dentro o fuera de la institución.

 

-          Cualquier forma de fraude o intento de fraude en registros de notas, pruebas académicas, etc.

 

-          Traer al colegio licores, sustancias psicotrópicas o presentarse embriagadas al recinto de la institución.

 

PARAGRAFO PRIMERO: en el caso de presentarse cualquier falta que no aparezca reseñada en los anteriores espacios, será el Rector y una comisión integrada por dos docentes elegido mediante cualquier mecanismo al azar quienes definan la gravedad de la misma y la sanción a que diese lugar y su inclusión a este manual será automática.

 

PARAGRAFO SEGUNDO: en todos los casos será la Dirección quien decidirá cuales casos serán remitidos al CONSEJO DIRECTIVO, para que este defina la situación de los estudiantes implicados.

 

 

D.  Matricula Condicionada al Buen Rendimiento Académico y Disciplinario: la aplicación de esta sanción corre por cuenta del CONSEJO DIRECTIVO reunido con la mitad más uno de sus miembros citados con la debida anticipación y quienes previa evaluación del récord académico y disciplinario de los estudiantes, escucharlos a ellos, al o a los directores de grupo involucrados así como también a los padres de familia determinara si amerita condicionar la cancelación del contrato de prestación de servicios educativos al estudiante.

 

 

E.  Cancelación de la Matrícula: Se aplicará cuando el estudiante haya pasado como mínimo las instancias correctivas expuestas en los literales A, B y C; al igual que en literal D, esta sanción será impuesta únicamente por el CONSEJO DIRECTIVO reunido con la mitad mas uno de sus miembros citados con la debida anticipación  decidirán la cancelación unilateral de la matrícula, firmados por la directora y el padre de familia y/o acudiente en cualquier momento del calendario académico escolar previa evaluación de los casos y escuchando los descargos de todas las partes que se consideren con derecho a intervenir.

 

 

CONCLUSIÓN

 

 

En este trabajo se desarrollaron los catorce puntos que están estipulados en el decreto reglamentario 0230 del 11 de noviembre de 2002, lo cual le facilita a la comunidad educativa de San Juan de Palos Prieto sus relaciones interpersonales y el mejoramiento de su producto si lo cumple a feliz término.

 

Cabe anotar que todo Proyecto Educativo Institucional (PEI) de acuerdo con los avances que van surgiendo en el ámbito educativo. Así mismo es importante resaltar que antes de ejecutara el PEI, en la Institución Educativa Departamental Rural Etnoeducativa San Juan de Palos Prieto, esto debe ser adecuado o evaluado por el Consejo Directivo y aceptado por la comunidad educativa  en general y de allí surgirán las modificaciones antes mencionada de acuerdo con lo establecido en este.

 

Luego de estar aceptado por la comunidad educativa es entregada a la Secretaria de Educación de la localidad para su debida evaluación y aprobación.

 

Estructura en el estudiante, la personalidad y capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes.

 

Preparar al niño para el empleo del tiempo libre, mediante el aprovechamiento de los eventos culturales, deportivos y creativos.

 
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